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ابو مصطفى القريشي
ابو مصطفى القريشي
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Monday 24 November 2025 17:25:41 GMT
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usera3gklau1p5
وليد الباوه :
صدقت ابو صوف مع الاسف
2025-11-26 09:33:00
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userfu5s17q514
اللهم صل على محمد وآل محمد :
الف رحمه على روحك يا عميد المنبر الحر فعلا
2025-11-25 14:57:20
0
xjftj
دوحي . :
فعلآ
2025-11-24 20:41:00
0
user948163672
رياض الاسدي :
اي والله
2025-11-24 18:17:48
0
user80754916
محمد مزاد :
اي والله صحيح الله يرحمه
2025-11-24 22:45:54
0
t_al_al0
أبو محمد الناصري :
احسنتم النشر ووفقتم
2025-11-24 20:23:59
0
user16550022353294
عامر :
اي.وعلي صدك 🤲🤲🤲
2025-11-24 21:57:59
0
qasimaprophetsname91
لا حياة لمن تنادي :
فعلا والله
2025-11-24 18:46:08
0
ah1199618
Ahmed Altalibawi :
فعلا
2025-11-24 17:42:57
0
a5.eoy
بنت نجف :
ياعلي
2025-11-24 18:26:33
0
sr__313a
🩶𝑺𝒊𝒋𝒂𝒅※ :
🖤🖤
2025-11-24 18:14:48
1
az_9.5
عزيز عطيه الخويلدي :
🥰🥰🥰
2025-11-26 11:00:30
0
usersqrucf73ey
الشيخ أحمد الركابي :
🥰🥰🥰
2025-11-25 11:05:33
0
6p381_
𝐻. :
🥰
2025-11-25 10:14:32
0
user0d9rbltis2
ثامر ألسعدي أبو علي :
🌹🌹🌹
2025-11-25 05:48:44
0
hodazahry0
Hoda Zahry :
🤲🤲🤲
2025-11-25 00:53:46
0
user3659874249501
منوش :
👍👍👍
2025-11-24 21:43:58
0
user2707952532605
ابو معصومه وصديقة اللامي :
🌺🌺🌺
2025-11-24 20:00:18
0
dhyaa.81
ضياء الكعــبي ⚜️ :
🥺🥺🥺
2025-11-24 19:54:15
0
pasha10124
Pasha :
🥰🥰🥰
2025-11-24 19:42:40
0
samer6859
اسد الله الغالب🏳️🇮🇶 :
رحمك الله ياشيخ احمد الوائلي ياعميد المنبر الحسيني
2025-11-24 18:39:58
0
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El papelito que le hacen firmar los médicos al paciente antes de practicarle un procedimiento médico es generalmente un consentimiento informado: un acto y un documento por el que el paciente acepta un procedimiento después de recibir la información necesaria sobre diagnóstico, alternativas, beneficios, riesgos previsibles y consecuencias de no tratarse. No es sólo un “papel para limitar responsabilidad”, sino una manifestación del derecho a la autonomía y a la información del paciente. La Corte Constitucional y la ley estatutaria de salud lo reconocen como requisito esencial.  2) ¿Hasta dónde son responsables los médicos? La responsabilidad puede ser civil, disciplinaria y penal, según el caso y la gravedad: -Responsabilidad civil: por daños derivados de mala praxis (culpa o negligencia médica) obligación de reparar perjuicios. En casos de entidades públicas, puede tramitarse como reparación directa. La jurisprudencia del Consejo de Estado y cortes explica cómo se valora la culpa, el nexo causal y la prueba.  -Responsabilidad disciplinaria: por infracciones al ejercicio profesional (código de ética, Ley 23 de 1981, normas del sector salud). Puede acarrear sanciones administrativas (suspensión, multa, pérdida de la habilitación).  -Responsabilidad penal: si hay conductas que configuran delitos (homicidio por negligencia, lesiones personales por imprudencia, falsedad documental, etc.), procede investigación y posible imputación por la Fiscalía.  IMPORTANTE: la firma de un consentimiento no exonera automáticamente al profesional o a la institución cuando hay negligencia, falta de información, vicios del consentimiento o conducta culposa. Las cláusulas que pretendan
El papelito que le hacen firmar los médicos al paciente antes de practicarle un procedimiento médico es generalmente un consentimiento informado: un acto y un documento por el que el paciente acepta un procedimiento después de recibir la información necesaria sobre diagnóstico, alternativas, beneficios, riesgos previsibles y consecuencias de no tratarse. No es sólo un “papel para limitar responsabilidad”, sino una manifestación del derecho a la autonomía y a la información del paciente. La Corte Constitucional y la ley estatutaria de salud lo reconocen como requisito esencial. 2) ¿Hasta dónde son responsables los médicos? La responsabilidad puede ser civil, disciplinaria y penal, según el caso y la gravedad: -Responsabilidad civil: por daños derivados de mala praxis (culpa o negligencia médica) obligación de reparar perjuicios. En casos de entidades públicas, puede tramitarse como reparación directa. La jurisprudencia del Consejo de Estado y cortes explica cómo se valora la culpa, el nexo causal y la prueba. -Responsabilidad disciplinaria: por infracciones al ejercicio profesional (código de ética, Ley 23 de 1981, normas del sector salud). Puede acarrear sanciones administrativas (suspensión, multa, pérdida de la habilitación). -Responsabilidad penal: si hay conductas que configuran delitos (homicidio por negligencia, lesiones personales por imprudencia, falsedad documental, etc.), procede investigación y posible imputación por la Fiscalía. IMPORTANTE: la firma de un consentimiento no exonera automáticamente al profesional o a la institución cuando hay negligencia, falta de información, vicios del consentimiento o conducta culposa. Las cláusulas que pretendan "liberar de toda responsabilidad" suelen ser nulas frente a terceros o contrarias al orden público sanitario. La jurisprudencia ha limitado la eficacia de cláusulas exoneratorias. 3) Requisitos mínimos que debe cumplir un consentimiento informado (según doctrina y la Corte) La Corte Constitucional exige (en conjunto con la normativa sanitaria) que el consentimiento sea: -Idóneo y suficiente en información: riesgos, beneficios, alternativas razonables (incluida la opción de no intervención). -Libre: sin coerción, presión indebida ni vicios (error, dolo, intimidación). -Específico: debe referirse al procedimiento concreto y riesgos relevantes, no ser genérico. -Documentado: idealmente por escrito en la historia clínica, con fecha, firma y quien informó. 4) ¿Qué vicios permiten controvertir (anular) ese documento? Puedes alegar que el consentimiento fue inválido si hubo: -Falta de información o información incompleta/ambiguo (no se informaron riesgos relevantes o alternativas). -Vicio de la voluntad: coerción, intimidación, error esencial o fraude. -Incapacidad del firmante: si el paciente estaba incapacitado mentalmente o bajo sedación/medicación que impedía entender. -Documento genérico que no describe procedimiento ni riesgos concretos. Si pruebas cualquiera de estos vicios, el consentimiento no protege al profesional frente a reclamos de responsabilidad. 5) Pruebas útiles para controvertir el consentimiento y construir un caso: Reúne todo lo posible: -Historia clínica completa (preoperatorio, notas de consentimiento, hojas de enfermería). -Copia del formulario firmado y cualquier anexo. -Informes, órdenes médicas y resultados de exámenes. -Testigos (familiares, personal enfermería). -Fotografías, audio o video (si fueron obtenidos legalmente). -Registros de comunicaciones (mensajes, correos). -Informes periciales médicos (necesarios en muchos juicios). 6) Procedimiento legal y vías para exigir derechos (pasos prácticos) Guía general: -Derecho de petición (Ley 1755 de 2011 y normativa): pide copia íntegra de la historia clínica, el consentimiento firmado, evolucion postoperatoria, exámenes y autorización de coberturas. La entidad tiene plazos para responder. (Primer paso rápido y esencial). #asesoríalegal #derechosdelpaciente #reformaalasalud #derechosdelconsumidor #derechoshumanos

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